Viajes: qué requisitos deberán cumplir quienes ingresen al país.

by Cristina

A través de una resolución conjunta entre el ministerio de Salud y Migraciones, se establecieron “los requisitos que deberán cumplir las personas autorizadas a ingresar al Territorio Nacional durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la pandemia declarada en relación con el coronavirus”.

En ese contexto, indicaron que esas medidas serán solicitadas a “todos los viajeros, y a los transportistas y tripulantes internacionales y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales”.

PCR

Además de la Declaración Jurada Electrónica, todos los viajeros deberán cumplir con la prueba de diagnóstico 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para Covid-19, salvo:

  • Los los transportistas y tripulantes enunciados en el punto 1.2. de este anexo.
  • Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
  • Las personas argentinas o extranjeras residentes en el país que pretendan ingresar por un paso fronterizo terrestre, y optaren por no presentar PCR y cumplir el aislamiento establecido en el artículo 7° del Decreto N° 260/20 y sus modificatorios, deberán utilizar un medio de transporte que  preferentemente no sea colectivo.
  • En este supuesto, se les hará saber que sus datos serán comunicados a la jurisdicción de destino para la verificación del cumplimiento del aislamiento señalado.
  • En los ingresos por vía aérea o marítima no será posible optar por esta posibilidad, debido al mayor riesgo de contagio existente en estos medios de transporte.

Seguro de viajero

Los ciudadanos extranjeros no residentes deberán contar, además, con un seguro de viajero que cuente con:

  • Cobertura para la atención del COVID 19 en Argentina incluida la internación y en su caso el aislamiento y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía; o
  • Cobertura similar contratada por la empresa que los convoca para la actividad laboral o comercial o la embajada respectiva, cuando vienen a desarrollar actividades laborales, comerciales deportivas, o diplomáticas al país.

Aplicación Cuidar

Se recomienda también registrarse en la APP CUIDAR, o en la APP ESPECIFICA a partir de su implementación, según se trate de argentinos o extranjeros residentes, o extranjeros no residentes, respectivamente, o vía web, dentro de las 48 horas del arribo al país autoreportando síntomas cada 48 hs, con único fin de:

• autofavorecer el conocimiento de la situación de riesgo.

• autodiagnostico.

• sensibilización sobre recomendaciones sanitarias de prevención y autocuidado.

No será exigible la geolocalización de estas aplicaciones y se resguardarán los datos personales.

Control de las medidas

La información de los ingresos al país será reportada a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Migraciones, al momento de materializarse el ingreso respectivo, para su seguimiento.

Ante la falta de activación de las aplicaciones aludidas o cuando las jurisdicciones sospechen de la existencia de riesgo sanitario, las mismas podrán ejercer las actividades de seguimiento y control a su cargo, dentro de los 14 días del ingreso al país, dando intervención a sus autoridades competentes

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